domingo 06 octubre 2024

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Colombia: Cuando las autoridades no se aprenden las leyes

Diva Criado

 

Hablar de Leyes en Colombia es lo más cercano a pontificar, tenemos leyes para todo, algunas tan absurdas que parecen broma,  por ejemplo, penalizar la infidelidad de la mujer, prohibir el  uso de la minifalda, adorar al niño Jesús  y hasta  prohibido  morirse

El país ha estado bajo el imperio de la Ley desde los inicios de su existencia, es la piedra angular que legitima el ordenamiento jurídico vigente. Bajo este precepto,  la Ley es una herramienta que sirve para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos,  pero,  ¿qué pasa cuando la ley no sirve para proteger esos derechos?

Muchas veces me he preguntado. ¿Están  las autoridades encargadas de velar por que se cumplan las leyes,  capacitadas y capacitados para aplicarlas? ¿De qué sirve denunciar el maltrato contra las mujeres, si los encargados de aplicarla la desconocen?  Y sí la conocen,  ¿saben identificar el delito? En cualquier caso,  ninguna Ley servirá de soporte frente a una situación de  desconocimiento de sus autoridades, y  la omisión en el ejercicio  no puede  justificar su incumplimiento.

Dicho lo anterior,  veamos un poco la Ley 1257 del 2008, de violencia de género. El artículo segundo de la Ley colombiana, define qué se entiende por violencia contra la mujer:“Cualquier acción u omisión, que le cause daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado”

Así pues, el precepto legal tiene por objeto garantizar y proteger la vida digna de las mujeres, y evitar cualquier tipo de victimización y discriminación. La contundencia de las cifras de violencia de género en Colombia es alarmante, tanto que se ha manifestado en las posteriores reglamentaciones de la Lay vigente. La comunidad internacional ha realizado múltiples esfuerzos para eliminar la violencia contra las mujeres a través de instrumentos jurídicos que implementan mecanismos eficaces de prevención y sanción

Estamentos del Estado,  también han hecho lo propio, la Corte Constitucional, la Procuraduría General de la Nación, el grupo de Mujeres Parlamentarias del Congreso,  los movimientos feministas y un número considerable de organizaciones de mujeres, también se han pronunciado. Lo que ocurre es que el sistema no funciona, y como hay que echarle la culpa a alguien, pues la culpa es de la legislación.

Según el último informe  del Instituto de  Medicina Legal, durante el  2015, la cifra de víctimas de violencia de género, ha sido alarmante: Por un cuidador o familiar  735 niñas y adolescentes; por sus parejas o ex-parejas 6.269; 169 mujeres mayores de 60 años fueron agredidas físicamente; víctimas de maltrato por parte de otros familiares 1.482; víctimas de feminicidio 126; acudieron para ser valoradas por presuntos delitos sexuales  2.631 mujeres.  Lo malo de estas cifras, es que en Colombia,  todavía se piensa que el maltrato a las mujeres, se debe a que “algo habrán hecho”

El caso viene a colación a que  por estos días, una joven estudiante, muy “valiente”  diría,  de una reconocida universidad de Bogotá,  víctima de violencia machista por parte de su ex-pareja, quien por poco y la mata, comentaba en Facebook su caso. Lo trascendente  del hecho,  es que deja en evidencia, los fallos de impunidad e ineficacia de la administración de justicia, frente a los casos de violencia contra las mujeres.

Las medidas de protección nadie se encarga de cumplirlas. La actitud de la policía frente al caso, y la actitud de la médica, demuestran la poca importancia que tienen en  la realidad los casos  de violencia machista, la respuesta judicial, como quedó demostrado, es muy deficiente y no responde a la gravedad del problema 

Ella comentaba  que tras una ruptura con su novio a principios  de enero, él no lo había superado.  A finales de enero,  ella le pidió que sacara sus pertenencias de casa, acordaron que  mientras él lo hacía, ella  iría a casa de sus padres en otra ciudad. Como consecuencia, la encerró  bajo llave para que no saliera,  la golpeo hasta romperle el tabique,  la amenazó con un revolver,  le destrozo el móvil después de que ella diera aviso a las autoridades.

Cuenta  que finalmente llego la policía y esto fue lo que paso, transcribo textual: “Por fin la Policía logra entrar al apartamento, como a las 10:30 pm, lo sacan a él esposado y a mí abrazada (…) Era ya media noche y seguía en el CAI botando sangre por nariz y boca, esperando que me llevaran a una clínica o que me solucionaran algo. A la 1:00 de la mañana nos llevaron a la URI y a Medicina Legal, yo esperaba que en este último punto me dieran al menos un calmante para el dolor. Los vigilantes ni siquiera me prestaban el baño y me trataban con desprecio, como si yo fuera una asesina, yo solo escuchaba que decían “algo tuvo que haber hecho para que la dejaran así”. La médica me hace desnudar y me pregunta que si estoy bajo efectos del alcohol o de drogas, solo pude responder “NO, solo estoy bajo los efectos de dos horas de golpes”.

Ella piensa que el delito de maltrato no está bien definido en la Ley, para la tipificación del delito que buscaba con  su amiga  abogada, no hubo argumento que valiera. Transcribo textual:“El delito “maltrato contra la mujer” o algo parecido, NO EXISTE. Entonces mi amiga empezó a buscar qué delito podría darle el castigo merecido. Dijo que era secuestro porque me había encerrado, pero no fue considerado así. También dijo que era intento de homicidio porque me apuntó con el arma, pero dijeron que no porque no había afectado ningún órgano vital; dijo que era violencia intrafamiliar porque era mi pareja, pero dijeron que no porque no vivíamos juntos los siete días de la semana, solo los fines de semana. Conclusión: lo judicializaron por lesiones personales, delito que solo da 36 horas de cárcel, pero en verdad él salió a las 34 horas”.Sí, salió tranquilo y mirándome a los ojos, con la frente muy en alto, como si hubiera sido un hecho justo y merecido. A mí solo me dieron una medida de protección, esto suena muy bonito, ustedes me imaginarán en un carro blindado o con un Policía al lado, pues no, es solo un papel que dice que si él se acerca puedo llamar a la Policía, ¿y si no alcanzo a llamarla qué? ¿Los espero en mi funeral?”

Finalmente la víctima cuenta que ha pasado un mes desde lo ocurrido, sigue incapacitada, no ha podido  volver al trabajo. Cada día siente más miedo, tiene mucha rabia por la falta de justicia. El delincuente anda a sus anchas por las calle, como si nada hubiera pasado, ahora se ha convertido en una pesadilla para ella, y el hecho de tener que recomponer  su nariz desfigurada, no solo le causa dolor, sino que  le está causando un perjuicio económico enorme. 

Pese a los hechos violentos y a los deseos de venganza de su expareja, esta joven no recibió la más mínima ayuda y protección, aparte de padecer la indolencia y la falta de humanidad de quienes la atendieron. Lo preocupante del asunto es que se encuentre siempre una justificación a la agresión, de ahí que muchas mujeres tengan miedo a denunciar. Sin embargo, a pesar de las dificultades y del miedo, hay que denunciar,  hay que romper el silencio, es el primer paso para salir del círculo de violencia

Este, es solo un caso, de los muchos que se presentan cada día en el país. Es un tema recurrente la forma como  se aplica el procedimiento por parte de los  funcionarios encargados de administrar justicia, dejando entrever la impunidad sistemática en el procesamiento judicial.

También hay que decir, que si los funcionarios desconocen las leyes o  no actúan con la debida rapidez,  no es por culpa de la ley. Las deficiencias en el juzgamiento y las sanciones equivocadas,  así como  el retraso injustificado de  los procesos de violencia de género, que   muchas veces,  “duermen el sueño de los justos”, también se debe a que las investigaciones que se llevan a cabo, carecen de las pruebas necesarias para esclarecer los hechos o porque se aplica de forma incorrecta el principio de oportunidad, ignorando la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra la víctima  

Los encargados de administrar justicia, la policía, los jueces, los fiscales y hasta la parte médica, parecen desconocer las necesidades sociales más elementales, en este caso dar agilidad a los procesos, proteger a la víctima y sancionar al maltratador con todo el rigor de la ley. Las mujeres sufren discriminación ya sea institucionalizada por Ley o en la práctica por funcionarios ineptos,  incluso en países con leyes que garantizan la igualdad

Lo preocupante del caso es que estos hechos de  violencia y  discriminación de la que fue víctima la joven universitaria, aún son aceptados en nuestra sociedad. Se ve reflejado en la respuesta de los funcionarios que la atendieron, y en el tratamiento que recibió.  Existe asimismo una tendencia a considerar los casos de violencia contra las mujeres como conflictos domésticos,  no prioritarios,  que deben ser resueltos en el ámbito privado 

Por tanto,  es urgente que se fomente el conocimiento de los derechos de la mujer, es necesario modificar los patrones socioculturales,  capacitar al personal encargado de  aplicar justicia, suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia y apoyar programas de educación y concientización a la sociedad, para que de una vez por todas, se entienda, que la violencia de género es una flagrante violación de los Derechos Humanos y debe ser considerada como una pandemia social, que sume a las mujeres en la más profunda de las desigualdades. La pérdida de su dignidad!

 

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