Por Carolina Pecharroman. SemMexic / La Independent
Se aprobó la Directiva sobre violencia contra las mujeres o la reforma de la Directiva de trata de personas. El programa Objetivo Igualdad ha hablado con las eurodiputadas españolas de la Comisión de Igualdad. una legislatura con muchos avances en derechos de las mujeres.
Falta poco para las elecciones al Parlamento Europeo, que se celebrarán entre el 6 y el 9 de junio en los 27 países que forman la Unión Europea. La legislatura que acaba de terminar ha sido especialmente fructífera en iniciativas legislativas en favor de la igualdad entre mujeres y hombres. Quizás la más importante sea la Directiva sobre violencia contra las mujeres, aprobada el miércoles 24 de abril en la última sesión plenaria de la Eurocámara. Las cuatro eurodiputadas españolas coinciden en que la gran noticia es precisamente la existencia de esa Directiva y que, gracias a ella, todas las mujeres y niñas de la Unión Europea, independientemente del país en el que vivan, estarán más protegidas.
En línea del Convenio de Estambul… y además los delitos online
Se trata, en efecto, de una norma pionera en la UE. «En la Unión Europea solo teníamos dos leyes de violencia de género en España y en Suecia, diez países que hablaban de violencia doméstica y el resto subsumía la violencia de las mujeres en tipos penales convencionales», recuerda María Eugenia Rodríguez Palop, de La Izquierda/Sumar. El texto se inspira en el Convenio de Estambul del Consejo de Europa, que ha sido ratificado por la Unión Europea como tal y por la mayoría de los países miembros. Sólo cinco no lo han ratificado aún: Bulgaria, Chequia, Lituania, Eslovaquia y Hungría.
“Es el primer instrumento internacional que regulará la violencia online contra las mujeres“
De esta manera, la Directiva recoge como delitos la mutilación genital femenina y el matrimonio forzoso, ya reconocidos en el Convenio de Estambul como violencias machistas, pero va más allá e incluye un amplio espectro de delitos online, que no existían cuando se firmó el Convenio en 2011. Así, se declara delito el compartir imágenes íntimas sin consentimiento, el ciberacoso, el ciberflashing (recibir fotos indeseadas de alguien desnudo con especial incidencia en los genitales) o la incitación a la violencia online. Es un texto muy avanzado: «Tiene un gran valor a nivel internacional. Va a ser el primer instrumento internacional que realmente regule y tipifique este nuevo modo de utilizar las redes y las plataformas digitales para agredir a las mujeres», valora Soraya Rodríguez, de Renovar Europa/Ciudadanos.
“Hay unas penas mínimas que todos los Estados tendrán que poner y no pueden ir nunca por debajo, con unos plazos de prescripción, con unos agravantes “
Pero además, la Directiva determina unos parámetros para aplicar penas. «Establece que para todos delitos haya unas penas mínimas que todos los Estados tendrán que poner y no pueden ir nunca por debajo, con unos plazos de prescripción, con unos agravantes que tendrán que aplicar: si la víctima es una menor, una persona vulnerable, una persona con discapacidad, etc.», explica Rosa Estarás, del Partido Popular Europeo/PP.
Falta la violación
Sin embargo, una de las agresiones más frecuentes que sufren las mujeres, la violación, no está en este texto, algo que ha disgustado y escandalizado a las eurodiputadas. La versión que salió en marzo de 2022 de la Comisión Europea preveía en su artículo 5 una definición de violación fundada en la ausencia de consentimiento, similar a la del Convenio de Estambul. La Eurocámara fue en la misma línea. En cambio, el Consejo Europeo fue el muro donde se estrelló, por la oposición de varios países, entre ellos principalmente Hungría, Francia y Alemania.
“La posición de Francia y Alemania al oponerse a introducir la violación es una incoherencia política“
Para las eurodiputadas españolas de la Comisión de Igualdad, la violación definida como ausencia de consentimiento debería haber estado incluida en la Directiva. Señalan a los grupos de extrema derecha (Hungría), liberales (Francia) o liberal y socialista (Alemania) por oponerse a ello. La posición de estos dos últimos es una incoherencia política, según María Eugenia Rodríguez Palop: «Ellos tienen tipificada penalmente la violación, pero siempre cuando hay amenaza e intimidación, con violencia. No querían incorporar la cuestión del consentimiento y eso a pesar de que Francia y Alemania han ratificado el Convenio de Estambul. También Hungría se ha opuesto, pero Hungría no ha ratificado el Convenio de Estambul».
La posición de Francia y Alemania al oponerse a introducir la violación es una incoherencia política, “
“Hay una revisión obligatoria en cinco años para ver si los países han introducido la violación sin consentimiento en sus códigos penales“
No obstante, no tiran la toalla y destaca que en la batería de medidas preventivas se emplaza a los Estados a realizar campañas de concienciación contra la violencia sexual basadas precisamente en la ausencia de consentimiento. «Hemos incluido una revisión obligatoria de esta ley en los próximos cinco años para ver si en este tiempo los Estados miembros van adaptando sus códigos penales para, finalmente, poder cumplir el mandato del Parlamento. Ese mandato es que el sexo sin consentimiento, por tanto la violación, sea incluido como delito de violencia de género para todas las europeas», explica Lina Gálvez, del PSOE.
Una Directiva reforzada contra la trata
También es muy bien valorada la reforma de la Directiva contra la trata de seres humanos, que se aprobó prácticamente por unanimidad y que amplía lo previsto en la primera versión de 2011. Abarca todos los tipos de tráfico de personas, también con fines de explotación laboral, en el que son mayoría los hombres como víctimas. En el caso de la explotación sexual, presenta importantes novedades e incluye el matrimonio forzado, la adopción ilegal y la gestación por sustitución con fines de trata se convierten en eurodelitos.
Además, es novedosa por incluir la figura del usuario o cliente que se beneficia de ese comercio de seres humanos. En el caso de la explotación sexual, el putero. Será delito hacer uso de servicios sexuales si se tiene conocimiento de que los prestan personas tratadas. ¿Cómo se demuestra eso? «Le hemos dado unas pistas a los jueces en los «considerandos» para saber si ese cliente tiene conocimiento de que es trata. Por ejemplo, si le ofrece el servicio una niña, o si es una persona indocumentada, o si no sabe ni dónde está…», enumera María Eugenia Rodríguez Palop.
«La trata es un triángulo. Están las redes criminales, está la persona vulnerable de la que se aprovechan… Pero si no hubiera un demandante, si no hubiera un usuario, no habría negocio, no podría haber delito de trata de seres humanos», añade Soraya Rodríguez.
Hacia la igualdad entre mujeres y hombres
Una Directiva es una ley que los Estados miembros deben adaptar e incluir en sus propios ordenamientos. Por eso, el mensaje que lanzan estas normas es importante. «Europa es pionera en una legislación de este tipo y enviamos un mensaje al mundo de tolerancia cero en la violencia contra la mujer, que la queremos combatir y lo haremos con todos los instrumentos que tengamos a nuestro alcance», concluye Rosa Estarás.
En esta legislatura también se ha avanzado en otros problemas como el techo de cristal. En noviembre de 2022 se aprobó una Directiva que obliga a las empresas a una mayor paridad en sus Consejos de Administración. Al menos el 40% de los puestos de dirección no ejecutiva o el 33% de los de dirección deberán estar ocupados por personas del género menos representado. La norma empuja a implantar procesos de contratación transparentes y deberá ser aplicada antes de finales de junio de 2026.
Respecto a la brecha salarial de género, en abril de 2023 se adoptó la Directiva de Transparencia Retributiva. Establece la obligación de las empresas de la UE de facilitar información sobre los salarios y a tomar medidas si su brecha retributiva de género supera el 5 %. Es un elemento muy importante para detectar esas diferencias. Pero además, la Directiva contempla la indemnización a las víctimas de discriminación retributiva y establece sanciones, incluidas multas, a los empleadores que infrinjan las normas.