miércoles 24 abril 2024

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Estado español: Anteproyecto del Código Penal elude el término “Violencia de Género”

El anteproyecto a la nueva reforma del código penal promovido por el Ministerio de Justicia elude el término “violencia de género”, a su vez, en evidente contradicción a la Ley de Violencia de género, que taxativamente contempla que bajo ninguna circunstancia las penas de prisión pueden ser sustituidas por una pena de multa,  la nueva reforma introduce la mediación como una medida para condicionar la suspensión de la ejecución de la pena.

En relación con estos temas, varias Asociaciones entre las que se encuentran  La Federación de Mujeres Progresistas, la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, la Coordinadora Española para el Lobby Europeo de Mujeres, la Fundación Mujeres, la Asociación de Mujeres para la Salud, Mujeres Juristas Themis y la Comisión de Malos Tratos, se pronunciaron mediante un documento  que hicieron público este martes,  donde denuncian que el anteproyecto de reforma del Código Penal impulsado por el Ministerio de Justicia no incluye el término “Violencia de Género” y recordaron que el término fue introducido de forma explícita por la Ley Integral contra la Violencia de Género y además,  subrayan que la terminología “es una cuestión básica que ha constado muchos años de esfuerzo”.

 En relación con la mediación las asociaciones han dicho que “dado el desequilibrio de poder entre víctima y agresor en casos de violencia de género”, no cabe la mediación, pues su “principio básico” es la igualdad entre las partes. “El ejercicio de la mediación en esta casuística pone en riesgo a la víctima, al tiempo que minimiza la acción violenta del perpetrador”, a su juicio, aumenta “la impresión generalizada sobre la impunidad de los agresores” y puede terminar repitiendo sobre las propias víctimas en supuestos de dependencia económica.

A su vez el Ministerio de Justicia precisa que lo que se conoce hasta ahora es el anteproyecto de Ley de reforma del Código Penal susceptible de mejoras y subraya que el espíritu de la reforma persigue reforzar la protección de la mujer y que para ello tipifica otros delitos hasta ahora ausentes como el matrimonio forzoso, el hostigamiento o la difusión sin consentimiento de imágenes íntimas

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