viernes 29 marzo 2024

viernes 29 marzo 2024

Disenso y Consenso, pero garantizando los derechos de todas las mujeres

 

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Sobre la Propuesta de modificación de la ley 5/2008, del 24 d’abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista de Catalunya.

 

Creemos que esta reforma no se tendría que haber iniciado como trámite de urgencia.

Esta es una reforma que las entidades de mujeres y feministas, lideradas por el CNDC, hace mucho de tiempo que pedimos y que tendría que haber sido impulsada desde el Gobierno trabajando codo con codo con las entidades feministas y otros agentes sociales. Y se debe consensuar porque tiene que ser avalado, como mínimo, por la garantía de los derechos de todas las mujeres, sin dejarnos a ninguna. Todos los derechos para todas las mujeres.

Los debates mediáticos interesados y, unas redes sociales donde exponemos nuestras opiniones como un “fuego cruzado” agravan la fractura para llegar al consenso. Un consenso que tenemos que retomar urgentemente, puesto que nos encontramos ante un ataque constante de instituciones y de partidos fundamentalistas y anti derechos contra las mujeres, que están violando las bases de la democracia y la igualdad. Tenemos la responsabilidad democrática de retomar los consensos mínimos para hacer frente a las violencias machistas y patriarcales. Consensos basados no en hashtags ni eslóganes, sino en la capacidad de escucharnos con la intención real de llegar a acuerdos donde no nos dejemos a ninguna mujer atrás. A ni una.

Tuvimos la posibilidad de comparecer y lo expresamos así. Denominamos las oportunidades y riesgos que nos ofrece un trámite de urgencia. También expresamos en nuestra comparecencia en el Parlamento que esta ley tenía que ser reformada de arriba abajo, actualizando el marco que nos señala el Convenio de Estambul, pero también (y muy especialmente) la recomendación 35 de la CEDAW, que nos pone a nosotras, las mujeres, en el centro y obliga a los estados (y por tanto a todas las administraciones, instituciones y gobiernos que lo conforman) a su cumplimiento.

Dicho esto, esta reforma sin duda alguna, es cierto que mejora la ley 5/2008, porque aporta elementos claves en la actualización de la comprensión de las violencias machistas, amplía la protección de las mujeres y ofrece más posibilidades en su abordaje integral, que es el quid de la cuestión. Es una reforma necesaria que mejora el cómo daremos respuesta en Catalunya a las diversas expresiones de las violencias machistas que nos afectan a todas las mujeres y perfila el nuevo modelo de abordaje de las violencias machistas, con una red especializada y sostenible, con una protección real de las mujeres víctimas de violencias.

Celebramos que esta reforma integre -entre otras- la violencia en el ámbito digital, la violencia política, las violencias obstétricas, la violencia vicaria, restricciones o privaciones de libertad a las mujeres, represalias por los discursos y expresiones individuales y colectivos de las mujeres, agresiones por razón de género  y la violencia en el ámbito institucional.

Celebramos la ampliación de los ámbitos de esta ley, en especial el que hace referencia a incorporar la Violencia institucional, puesto que las políticas públicas que necesitamos desarrollar en Catalunya en estos momentos, nacen de una estructura debilitada de las políticas de igualdad. No tenemos que ser unas iluminadas para saber que las violencias machistas que se producen en el ámbito institucional tienen que ver con la voluntad política, la dotación de recursos, las estructuras capaces de provocar cambios reales, la verdadera voluntad de sancionarse a si mismas sin más dilación con respuestas diligentes, por no tener verdaderos espacios de rendición de cuentas que obliguen a cumplir las leyes.

Y por último, pero no menos importante: que las autoridades, el personal público y los agentes de cualquier organismo o institución pública actúen bajo los criterios de la diligencia debida y sobre los estándares para garantizar el abordaje integral. Por lo tanto, y poniendo estos ejemplos, sin una reforma real de la Comisión Nacional de Violencia Machista que hace años reclama el CNDC y otros miembros de la propia institución, todo esto puede convertirse en nada más que papel mojado. Otro ejemplo es que en la ley se explicite que la utilización del síndrome de alienación parental que están utilizando en nuestro país, también es violencia institucional cuando existen instituciones que tienen un papel fundamental atendiendo las violencias sexuales en las menores y la utilizan habitualmente y con impunidad.

Además, actualiza conceptualmente, nos alinea con las recomendaciones internacionales y reconoce otras formas de violencia que sufrimos las mujeres por parte de los hombres y del sistema desigual, machista y patriarcal que nos discrimina, maltrata y domina.

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Creemos que la propuesta trabajada en el Parlamento no ha corregido ni tampoco dado coherencia a los artículos 3 y 4 de la ley 5/2008 sobre las formas y los ámbitos de las violencias machistas. Lo que también lamentamos es que el Govern de la Generalitat, y más específicamente el ICD, tendría que haber podido abrir un proceso de consulta a las entidades especializadas a través del CNDC u otras fórmulas que se hubieran decidido oportunas. Todo esto se ha traduce en que la reforma todavía conserva las formas de violencia machista con una lógica de fragmentación y los ámbitos en que se producen las violencias, sin coherencia entre ellos, con algunas definiciones no actualizadas. Algunas de nosotras consideramos que debería haber sido un elemento clave para la reforma en 2020.

Celebramos que haya una despatologización del artículo 70 de la ley 5/2008 y que se ajuste a la normativa catalana, que de hecho ya llega tarde porque estaba en disonancia con la norma jurídica vigente en Cataluña aprobada también por unanimidad como la Ley 11/2014, del 10 de octubre, que garantiza los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgèneres e intersexuales para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia. También corrige la discriminación actual que provocaba que muchas mujeres transgénero que ya están siendo atendidas en los recursos especializados no podían acceder a determinadas garantías que les ofrece esta ley, sin olvidar pero, la parte simbólica de ser, por fin, nombradas.

Celebramos también la incorporación de la Diligencia Debida y la interseccionalidad, a pesar de que consideramos que después no la garantiza con medidas tangibles que mejoren la vida de las mujeres. Nos deja el reto de cómo hacerlo viable y posible con tantos puntos débiles. Por ejemplo, la ley de extranjería continuará vulnerando los derechos de las mujeres migradas que no tienen regularizada su situación, agravando las diversas violencias vividas con más violencia institucional.

Y por último, echamos de menos medidas reales para las profesionales que están atendiendo día a día y en muchas ocasiones en Servicios de Información y de Atención a las Mujeres de municipios y consejos comarcales precarizados y en Servicios de intervención especializados (SIE) que no llegan a todo el territorio. Necesitamos configurar un modelo de abordaje de las violencias machistas que reorganice y mejore la atención y la recuperación para conseguir el hito de la reparación integral. Sin lugar a dudas, hace falta que se reconozcan las violencias institucionales que sufrimos las profesionales que trabajamos haciendo frente a las violencias de los ámbitos educativos, sociales, especializados, salud y del ámbito asociativo.

Para abolir el patriarcado, necesitamos más que leyes. Necesitamos continuar construyendo nuevos paradigmas para el abordaje de las violencias machistas y conseguir mejorar la vida de todas las mujeres y con esto, hacer una sociedad más justa.

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Fabiola Llanos

Fabiola Llanos

Ecofeminista. Periodista i comunicadora social xilena / catalana. Especialitzada en imatge, arts gràfiques, producció audiovisual, neurolingüística i drets de les dones. Vaig parir La Periòdica. Co fundadora de La Independent.
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