24.10.2011.- UGT y CCOO reclaman al Gobierno que apruebe el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, como un elemento necesario para garantizar unos derechos laborales y condiciones de trabajo dignas a los cientos de miles de personas, principalmente mujeres, que prestan servicios en el empleo doméstico.
El pasado 27 de julio, el Ministro de Trabajo e Inmigración junto con los Secretarios Generales de CCOO y UGT presentaron públicamente las iniciativas de reforma en materia de seguridad social y de la relación laboral de quienes prestan servicios en el empleo doméstico. Ya es un hecho, que el uno de enero de 2012 el régimen especial de empleados de hogar pasará a integrarse en el Régimen General de la Seguridad Social. Pero queda pendiente la aprobación del Proyecto de Ley que modifica la relación laboral especial de empleo doméstico y que debería entrar en vigor igualmente el 1 de enero de 2012 tal como prevé la propia norma que modifica el régimen de seguridad social. Una modificación imprescindible e inaplazable para acercar los derechos de quienes prestan sus servicios en esta actividad a los del resto de trabajadores y para guardar la necesaria coherencia con las modificaciones que, en materia de seguridad social entraran en vigor en enero de 2012.
Según la Encuesta de Población Activa más de 700.000 personas están empleadas en esta actividad, pero afiliadas al régimen especial de empleados de hogar únicamente constan 296.729 personas en el mes de septiembre. Tenemos que recordar que la actual regulación en materia de Seguridad Social, no obliga a la afiliación y cotización de quienes presten menos de 80 horas de trabajo mensuales, para uno o varios empleadores, y a este trabajo no reconocido, habría que añadir la posibilidad de un cierto volumen de economía sumergida.
La reforma en materia de seguridad social que entrará en vigor en enero de 2012, y que incorporara el régimen especial al régimen general de la Seguridad Social, resolverá la inaceptable situación de que no se considere trabajo, y por lo tanto, no se cotice por el empleo inferior a 80 horas mensuales. A partir de ese momento se cotizara desde la primera hora trabajada, y pasará a ser una obligación del empleador, tal como ocurre con el resto de trabajadores y trabajadoras: ingresar la cotización, tanto su parte como la de parte empleada. Todo ello acompañado de un periodo transitorio hasta el año 2018 para producir la progresiva equiparación con el régimen general de la seguridad social en materia de cotización.
Pero la Ley 27/2012 sobre actualización, adecuación y modificación del sistema de Seguridad Social en la que se integra el régimen especial en el régimen general, también se incluye un mandato expreso al Gobierno para que modifique la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, modificación que entraría en vigor en enero de 2012. UGT y CCOO recuerdan al Gobierno esta obligación, pero además de cumplir lo establecido en la Ley, entendemos que tras el acuerdo entre el Gobierno y las Organizaciones Sindicales sobre los contenidos básicos de la reforma, no puede retrasarse más la dignificación de las condiciones de trabajo de las personas que desempeñan su trabajo en el empleo doméstico, y el reconocimiento de que este es un empleo, no una relación de servidumbre.
Ya es hora de que se modifique una regulación del año 1985, y se sustituya por una nueva norma que mejore las condiciones de trabajo de las personas empleadas, mujeres y principalmente mujeres extranjeras. Una norma que dé mas estabilidad en el empleo, mas seguridad jurídica a empleadores y trabajadores, y en la que se reconozca que nos encontramos ante una relación laboral, en la que hay un elemento de confianza. En la regulación actual lo que prima es la relación de confianza, hasta tal punto que difícilmente puede hablarse de relación laboral, de tal modo que en este empleo, no hay elementos que son básicos y necesarios para la seguridad de cualquier trabajador y empleador. Difícilmente es justificable el mantenimiento de una regulación donde la flexibilidad y la relación de confianza, eliminan el carácter laboral de la relación, priman la voluntad de la parte empleadora e implican la ausencia de derechos, básicos, para los trabajadores y trabajadoras.
CCOO y UGT entienden que hay elementos prioritarios que reformar, como el hecho de que acabar con la posibilidad de que el contrato sea oral o escrito, sea cual sea su duración o formula de contratación, la introducción de la obligación de que los trabajadores y trabajadoras reciban un recibo justificativo del salario percibido, la garantía de la percepción al menos del Salario Mínimo Interprofesional sin que pueda deducirse de este el salario en especie, la regulación de los conocidos como “tiempos de presencia” del mismo modo que en otros sectores de actividad y por lo tanto sean retribuidos o compensados con tiempo libre….El Gobierno tiene además la oportunidad de adaptar ya la legislación española a lo establecido en el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, aprobado en la Conferencia Internacional del Trabajo de este año, de tal forma que cuando lo ratifique y el Convenio entre en vigor, nuestras normas ya estén a las obligaciones que el Convenio impone.