Se autoriza interrumpir embarazos en casos de anencefalia fetal
La decisión del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil de legalizar el aborto de fetos anencefálicos, sienta un precedente para ampliar a otros casos la interrupción del embarazo como un derecho reproductivo de las mujeres.
La decisión fue adoptada el miércoles 11 y el jueves 12 de abril con ocho votos a favor y dos en contra. El fallo alega que si no existe posibilidad de vida no corresponde defender ese derecho constitucional.
La anencefalia es una deformación fetal diagnosticable durante el embarazo, que consiste en la falta total o parcial del cerebro y de la bóveda craneal, y que condena a morir al bebé poco tiempo después de nacer.
“El útero es la primera cuna del ser humano. Cuando la cuna se transforma en un pequeño ataúd, no hay vida”, justificó la magistrada Cármen Lúcia Rocha, aludiendo al lema empleado por grupos feministas “Cunas, no ataúdes”.
“Dar a luz es dar vida y no dar muerte”, argumentó el juez Carlos Ayres Britto. Los magistrados compararon el embarazo de un feto anencefálico con una tortura que amenaza la estabilidad psíquica de la gestante.
Técnicamente, el fallo es una acción por incumplimiento de un precepto fundamental derivado de la Constitución, una herramienta para reparar la lesión a uno de esos preceptos, resultante de un acto de cualquier poder público. Fue puesta a consideración del máximo tribunal en 2004 por el magistrado Marco Aurélio Mello.
Para Patricia Rangel, doctora en Ciencias Políticas de la Universidad de Brasilia y del Programa Interdisciplinario de la Mujer de la Pontificia Universidad Católica de Goiás, la acción es histórica porque coloca la decisión de interrumpir o no la gestación en manos de las embarazadas.
Además representa un cambio en el Código Penal, que hasta ahora solamente exceptuaba de delito las interrupciones voluntarias del embarazo por riesgo de vida de la madre o por una gestación originada en una violación sexual, dijo Rangel a IPS/Cimacnoticias.
Fue muy importante “ubicar a la mujer como protagonista de su propia historia, permitiendo decidir sobre la interrupción o no de esa gestación de un feto inviable para la vida extrauterina”, destacó Paula Viana, una de las coordinadoras del feminista Grupo Curumim de Recife, capital del nordestino estado de Pernambuco.
Respeto al derecho a decidir
Los argumentos de la mayoría del STF pusieron en juego conceptos como el derecho reproductivo y de la mujer a decidir.
Era “impensable” años atrás “oír de la Corte Suprema palabras referentes a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres”, mucho menos los argumentos “enfáticos sobre la autonomía reproductiva”, dijo Viana a IPS/Cimacnoticias.
Hasta ahora, ese tipo de aborto requería un engorroso trámite y la autorización de un juez.
Según el magistrado Mello, en este país se han otorgado unas 3 mil autorizaciones de este tipo, mientras la incidencia nacional de la anencefalia es de uno cada mil nacimientos, una de las más altas del mundo, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Viana consideró que los veredictos basados en la autonomía reproductiva permiten “ampliar, calificar y recolocar el debate sobre la legalización del aborto”.
Ese debate debe darse como una cuestión de salud pública y de justicia social. “Miles de mujeres mueren por aborto clandestino e inseguro en Brasil, en general mujeres pobres y sin acceso a servicios de salud calificados”, sostuvo.
Beatriz Galli, de la filial brasileña de Ipas, organización mundial que trabaja a favor del acceso a un aborto seguro, dijo a IPS/Cimacnoticias que el fallo “contribuye a romper tabúes”.
También ayuda a “acabar con la cultura de la maternidad compulsiva o de la santificación del sufrimiento de la mujer, que debe llevar adelante su embarazo contra su voluntad y sin condiciones”, enfatizó.
Durante la sesión del STF se leyeron duros testimonios de mujeres que fueron obligadas a esperar al mismo tiempo un nacimiento y una muerte.
“Obligar a una mujer a mantener la gestación se asemeja a la tortura y es un sacrificio que no se le puede pedir a nadie”, consideró el magistrado Mello.
Por la despenalización
Muchos de los argumentos del fallo pueden servir de base para cuestionar la constitucionalidad de la penalización del aborto en otros casos no expresos en la ley penal, opinó Galli. Por ejemplo, la interrupción del embarazo por motivo de riesgo y salud de la mujer.
Rangel se refirió a los desafíos para aplicar este nuevo derecho: el desconocimiento de los profesionales de salud, la resistencia de algunos de ellos a practicar abortos incluso legales, y la actuación conservadora de parlamentarios religiosos articulados en el Movimiento Pro Vida.
Ese movimiento, según Rangel, es responsable de retrocesos en el Congreso que actualmente analiza varios proyectos para penalizar incluso los abortos en los tres casos permitidos, o para adoptar la llamada “Beca violación”, que daría derecho a una pensión alimentaria y a un salario mínimo al niño gestado tras una violación sexual.
En el Poder Legislativo hay más de 20 propuestas sobre el tema y la mayoría busca la revocación de los derechos garantizados, alertó Rangel. El fallo supremo puede, en este contexto, influir positivamente en el Congreso, opinó Viana.
El magistrado Mello no considera que de la acción del STF se derive una legitimidad de la práctica de aborto, aunque reconoce que es una cuestión que puede ser sometida al tribunal.
Durante la votación, grupos religiosos evangélicos y católicos protestaron alegando que los fetos anencefálicos son seres humanos vivos. Para el arzobispo de São Paulo, Odilo Scherer, por más “breve y frágil” que sea esa vida humana, debe respetarse.
Ricardo Lewandowski, uno de los dos magistrados que votaron contra la acción, argumentó que esta podría extenderse a otras deformaciones fetales. No se debe imponer “pena” capital a ese feto “reduciéndolo a la condición de basura o de algo que no sirve”, aseveró.
Nadie está obligado a efectuar un aborto de feto anencefálico, replicó Rangel. La especialista recordó que la OMS estima que se practican 46 millones de abortos por año en el mundo, 4.2 millones de ellos en América Latina y el Caribe.
De esas intervenciones quirúrgicas, unas mil por año acaban en la muerte de la mujer por complicaciones derivadas de su práctica insegura.
“Ningún militante de la legalización del aborto lo defiende como método anticonceptivo”, dijo. “Lo que se reivindica es que deje de ser considerado crimen para así disminuir su práctica y su poder destructivo”.
*Este artículo fue publicado originalmente por la agencia internacional de noticias IPS.