Un fallo del Tribunal Constitucional (TC) despenalizando las relaciones sexuales consentidas entre adolescentes de 14 a 18 años ha generado reacciones encontradas en la opinión pública peruana.
El fallo -tomado por cinco votos a favor y dos en contra- fue dado a conocer el 8 de enero y por él se declara fundada la demanda interpuesta por más de 10.000 ciudadanos contra el artículo 1 de la Ley del Código Penal, que considera “violación sexual” las relaciones íntimas de jóvenes entre los 14 y 17 años de edad, sin tomar en cuenta si son de mutuo acuerdo.
Aunque el TC señala que su fallo “no genera derechos de excarcelación para los procesados y condenados por violencia, agresión o abuso sexual contra menores”, ni implica que a esos procesados o condenados “no se les pueda juzgar otra vez por el delito de violación sexual”, muchos sectores -en su mayoría conservadores- manifestaron que la decisión jurídica permitirá la prostitución, la trata y la violación sexual de menores al no hacer una clara distinción entre consentimiento y abuso.
En su demanda, los ciudadanos firmantes reconocían que es legítimo sancionar gravemente las relaciones sexuales realizadas con violencia, coerción o aprovechamiento de una posición dominante, especialmente si se trata de niños y adolescentes, pero también señalaban que ello, “de ninguna manera, equivale a penalizar toda forma de relación sexual sostenida por adolescentes”.
En la práctica, la sanción a las relaciones sexuales entre adolescentes prescrita por el código penal peruano como una manera de protegerlos del abuso, dio lugar a una serie de situaciones anómalas, como obligar a las adolescentes embarazadas, que acudían a los centros de salud pública, a dar el nombre del padre de la criatura, quien era pasible de cárcel, incluso si las relaciones habían sido consensuadas.
En muchos casos, el padre prefería huir y no reconocer a su descendiente por temor a enfrentar una pena de hasta 30 años de cárcel, de acuerdo con lo estipulado en la ley.
“De este modo, lo único que se consiguió fue que las madres adolescentes dejasen de acudir a los servicios públicos de salud y que muchos niños no fueran reconocidos”, refirió a SEMlac el ginecólogo Daniel Aspilcueta, director del Instituto Peruano de Paternidad Responsable.
Vemos pues que la realidad social no cambió, pero sí se abandonó algo fundamental, a lo que el Estado no puede renunciar: la educación sexual y la atención de los derechos de salud reproductiva de este importante segmento de la población, continuó el especialista.
Según fuentes policiales, en los hospitales mensualmente se recogen, en promedio, más de un centenar de denuncias por presunta violación de madres-adolescentes. Ello, en opinión de los especialistas, distorsiona la realidad pues, de acuerdo con los testimonios de estas adolescentes, muchos de estos embarazos son fruto de relaciones consentidas por ellas y no de abuso sexual.
En cambio, datos del Ministerio de Justicia señalan que existe una brecha muy grande entre las denuncias por abuso y violación sexual y la realidad, pues solo el 20 por ciento se denuncia y de ese porcentaje tan solo un cinco por ciento recibe condena.
Algunos juristas ya habían hecho notar la incongruencia de las propias leyes peruanas que, por un lado, permiten el matrimonio de los jóvenes a partir de los 15 años, los facultan a reconocer hijos, a entablar juicios de alimentos y a realizar labores remuneradas, pero penalizan sus relaciones sexuales.
Además, la penalización no cumplió su principal objetivo que era reducir las violaciones. En los dos primeros años de vigencia de la ley (2006 a 2008), las denuncias policiales por este delito crecieron en más de 20 por ciento (de 2.875 a 3.524), según fuentes policiales.
Por su parte, el porcentaje de adolescentes que inicia su vida sexual antes de la mayoría de edad (18 años) se mantuvo en 40 por ciento y la tasa de embarazos adolescentes en 13 por ciento.
Estas fueron las consideraciones que llevaron a la Comisión de la Mujer y la Familia del Congreso a aprobar, en junio pasado, un proyecto de ley para despenalizar el sexo consensuado entre adolescentes y que, en su momento, también generó las mismas polémicas que el fallo del TC. Precisamente, frente a ello es que un grupo de ciudadanos decidió recurrir a ese tribunal.
Para la abogada Ana Suárez, que ejerció la representación legal de los ciudadanos demandantes, tal como está planteada en el Código Penal, la ley no distinguía la relación sexual consensuada entre adolescentes y la que es fruto de una violencia o agresión sexual.
En este sentido, el fallo del TC toma en cuenta esta realidad, al dejar en claro que “los menores de edad entre 14 y menos de 18 también pueden ser titulares del derecho a la libertad sexual”, como lo hacen los mayores de edad, comentó poco después de conocerse el mismo.
Pero los partidarios de un mayor tutelaje a la vida de los adolescentes han alzado su voz para recordar que estos “no son dueños de sus actos” y requieren un permiso de sus padres para casarse con otro adolescente o con una persona mayor, como lo expresó sin ocultar su indignación a Radioprogramas del Perú la congresista Fabiola Morales.
“Tienen una venda en los ojos que les impide ver la realidad, que no es otra que en la sierra y en la selva una niña de 16 años es considerada adulta y tiene pareja”, le respondió poco después su colega, la congresista Luisa María Cuculiza, quien se caracteriza por su defensa de los derechos de las mujeres.
Tras fustigar a mirar la realidad no solo desde la capital, la parlamentaria, durante una entrevista a un canal local de cable, dijo que la medida permitirá que los hijos de adolescentes “cuenten con un nombre y apellido y se garanticen sus derechos”.
La Iglesia Católica, por su parte, alertó a no usar el fallo como un arma para practicar el sexo “recreacional”. Monseñor Salvador Piñeiro, presidente de la Comisión Episcopal Peruana, instó a los padres de familia y a los maestros a orientar a los adolescentes en el tema de la sexualidad y a velar por los derechos de la familia.
“Hay que trabajar más en el aspecto educativo a través de las aulas, con los maestros, a través de las instituciones juveniles de nuestras parroquias. Hay que educar porque (el tema sexual) es fundamental”, señaló.
En su fallo, el TC pide al congreso legislar “en forma sistemática y con la gravedad de la pena que corresponda todos aquellos casos que vulneren los derechos fundamentales de los menores de edad”.
En un intento por apaciguar los ánimos caldeados, la presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso, Marisol Pérez Tello, anunció que ese poder del estado se encargará de “afinar y redactar la norma”, ya que la interpretación que se desprende del fallo del TC “es muy extensa”.
Señaló que, entre otros temas, la Comisión que preside se abocará a diferenciar lo que es consentimiento, de delitos como la seducción, la prostitución infantil o la trata.
“La interpretación del TC privilegia el consentimiento. Abre una puerta que ahora deberíamos cerrar para que no haya dudas”, reconoció la parlamentaria ante los medios de prensa.